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Sistema penal en retroceso
RAÚL CONTRERAS BUSTAMANTE
En los Estados democráticos, las reformas a la Constitución requieren de un consenso amplio entre las diversas fuerzas políticas representadas dentro de sus parlamentos con el fin de lograr que esos acuerdos políticos generen la convicción en la ciudadanía de que las nuevas reglas legales serán buenas y convenientes para la vida social.
En los últimos años, hemos sido testigos de reformas constitucionales importantes que se aprobaron, pero que a la hora de su implementación, los mismos grupos políticos que las negociaron no demostraron la voluntad política necesaria para su correcta ejecución.
Una de esas reformas trascendentes fue el nuevo Sistema Penal Acusatorio. A pesar de que fue publicado en 2008 y que su entrada en vigor se pactó hasta junio de 2016, no se aprobaron las políticas públicas adecuadas, tampoco destinaron recursos financieros suficientes ni se hicieron los esfuerzos para que la sociedad comprendiera su esencia.
El principal tema sobre el que gira este nuevo proceso penal es la “presunción de inocencia”, como derecho humano fundamental que establece que nadie –por regla general– debe ir a prisión, sin que antes un juez haya determinado su culpabilidad.
Las excepciones están señaladas en el artículo 19 de nuestra Carta Magna vigente y establece que el juez decretará la prisión preventiva –de manera oficiosa– en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, entre otros.
Hace un mes, en este mismo espacio, alertamos sobre el riesgo de que el Congreso de la Unión incluyera otros 9 delitos a dicho artículo constitucional.
A pesar de que la mayoría de las opiniones de los académicos y los organismos internacionales señalamos nuestra opinión contraria a este tema, la modificación fue aprobada por ambas Cámaras y la reforma cobrará vida cuando sea aprobada por al menos 17 de las legislaturas locales.
Los nueve delitos que ameritarán prisión preventiva oficiosa son: abuso sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, robo a transporte de carga, desaparición forzada, transporte de explosivos y portación de armas, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción por enriquecimiento ilícito y robo de hidrocarburos.
Las consecuencias del cambio planteado impactarán de manera directa al sistema penitenciario mexicano, el cual se encuentra colapsado en muchos aspectos. Sólo por citar un ejemplo, en 2017, de las casi 210,000 personas privadas de libertad, el 38%, es decir, casi 99,500 individuos se encuentran en prisión preventiva, compartiendo cárcel con los ya sentenciados.
En resumen, el Sistema de Justicia Penal ya fue modificado sin que hubiera entrado en un pleno y correcto funcionamiento, ya que apenas fueron designados los titulares de las fiscalías General de la República y la Especializada en Combate a la Corrupción.
Los problemas de delincuencia e impunidad que privan en nuestro país difícilmente se acabarán con el recrudecimiento de las penas. Antes se debió haber consumado su correcta implementación y al mismo tiempo acompañado estas acciones con una real y efectiva política de prevención.
La presión a los gobiernos federal y de las entidades federativas debido a la creciente comisión de delitos ocasionó que se prefiera simular el combate a la impunidad en lugar de procurar la verdadera justicia.
Como Corolario, la frase del inmortal filósofo griego Platón: “La peor forma de injusticia es la justicia simulada”.

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