

Por: AGENCIA / SHD
A pesar de que este domingo se realizarán las elecciones en México del Poder Judicial, aquellos trabajadores que laboren el día de la jornada electoral, no recibirán un pago triple, como venía ocurriendo en los anteriores procesos.
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en su fracción IX, que se considera día de descanso obligatorio “El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.
No obstante, la expresidenta de la Barra de Abogadas Laboralistas de Baja California “8 de marzo”, Perla Nevárez Cerón, aclaró que las elecciones de este domingo son consideradas como una elección extraordinaria, por lo que se pagará como un día normal.
Sin embargo, recordó que sí es una obligación del patrón otorgar permiso para que los empleados acudan a emitir su voto en elecciones, según el artículo 204 fracción V de la LFT.
“No significa que se les deba de pagar triple por la prestación de esos servicios, toda vez que no salió ningún decreto que haya cambiado la disposición y se trata de elecciones extraordinarias y no ordinarias”, aclaró.